Licencia para perros potencialmente peligrosos
Hace unos días oíamos una noticia de un perro de raza Border Collie sin correa, que mordió en la cara a un menor en un parque de Vigo. Según testigos, ese perro en concreto ya había tenido alguna otra actitud agresiva contra otros perros. Pues bien, ahora el consejo administrativo, está considerando abrir un expediente para valorar si lo catalogan como peligroso.
Con esto os queremos explicar qué es un animal potencialmente peligroso, qué razas se incluyen, qué requisitos necesitas para obtener las licencias administrativas correspondientes para ser titular de uno de ellos, y qué medidas de seguridad debes adoptar para su tenencia.
Siempre hemos pensado, ¿perro peligroso?: digamos, todos aquellos que al verlos pensamos «pedazo toro». Pero esto va más allá.
¿Qué es un perro potencialmente peligroso o ppp?
Pit Bull, Staffodshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileño, Tosa Inu, Akita Inu y sus cruces, que son los que aparecen en la Ley 50/1999 sobre la tenencia de animales potencialemente peligrosos incluida en el Real Decreto 287/2002. Estas razas son comunes para todas las comunidades, pero cada una tiene su legislación; en Cantabria por ejemplo, se incluye también: Boxer, Bullmastiff, Dobermann, Dogo de Burdeos, Dogo del Tibet, Mastín Napolitano, Presa Mallorquín (Ca de Bou) y Presa Canario.
Aquellos perros que tengan todas o la mayoría de las siguientes características:
- fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia
- marcado carácter y gran valor
- pelo corto
- perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 kg
- cabeza voluminosa, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda
- cuello ancho, musculoso y corto
- pecho ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculoso y corto
- extremidades anteriores paralelas, rectas y robusta y extremidades posteriores muy musculosas
Aquellos perros que aunque su raza no se encuentre en el apartado anterior, manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que haya protagonizado agresiones a otras personas o a otros animales.
Con esto podemos determinar que un perro potencialmente peligroso es aquel que por pertenecer a una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tiene capacidad de causar lesiones graves a las personas o a otros animales, o también daños materiales.
Antes de adquirir un perro peligroso, debes obtener la licencia municipal correspondiente (Licencia APP). Generalmente se pide en el ayuntamiento donde vivas y resida el animal. Es necesario que seas mayor de edad, sin antecedentes penales (certificado que también se suele pedir en el ayuntamiento), ni haber sido sancionado por infracciones graves previamente sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos. Además, debes obtener un certificado de capacidad física y aptitud psicológica expedido por un centro autorizado por tu Comunidad Autónoma.
También deberás aportar una acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros (normalmente existe la posibilidad de incluir ppp en el seguro de la casa, sería informarte de ello). Esta licencia tiene una vigencia de 5 años y tienes que renovarla pasado ese tiempo. Para ello te volverán a pedir prácticamente la misma documentación.
Tramitaciones:
- Licencia Municipal
- Registro General de Identificacion de Animales de tu Comunidad
- Registro Municipal (Carnet ppp del perro)
Esta licencia, físicamente se corresponde con un carnet (generalmente tardan un par de semanas en enviártelo, aunque en el momento sí te deben dar un justificante provisional) con tus datos y un código (número de licencia) que le tienes que proporcionar a tu veterinario para que lo introduzca en el Registro General o central de Identificación de Animales que corresponda a tu comunidad (REGIA en País Vasco, RACIC en Cantabria….) junto con el alta de tu perro.
Una vez que se haya registrado en el el Registro General, se registrará en tu ayuntamiento también (registro municipal). Infórmate que papeles tienes que llevar; generalmente suele ser la licencia, el documento de inscripción en el Registro General, y el justificante del seguro. Con esta gestión, se proporcionará el carnet personal ppp de tu perro.
Dudas frecuentes:
- Somos 4 personas en casa y solo yo como propietaria tengo licencia. ¿Pueden sacar los demás a mi perro ppp?: NO. Solo pueden sacar al perro aquellos que tengan una licencia (recuerda que es personal e intransferible). Si sois dos los que sacais a pasear al perro, los dos teneis que tramitar la licencia.
- Si tengo 2 ppp, ¿necesito dos licencias?: NO. Con una basta, pero cada perro debe tener su carnet ppp, por tanto, sí tienes que registrarlos individualmente tanto en el Registro General (obligado para todos los perros) como en el Registro Municipal, y también cada uno debe tener su seguro
- ¿Puedo sacar a más de un ppp a la vez? Hasta lo que yo se, NO. En Cantabria y el Pais Vasco sólo puedes llevar a un ppp a la vez
- ¿Qué medidas de seguridad debo tener al pasear con mi ppp? Recuerda que siempre deberás llevar contigo tu licencia ppp y el carnet de ppp del perro, debe estar atado con cadena o correa fija (no extensible) de menos de 2 metros y con bozal homologado y adecuado para su raza
Si tienes dudas, infórmate en tu ayuntamiento, ya que cada Comunidad Autónoma tiene diferentes ordenanzas y documentación de tramitación de estas licencias.
¿Tienes un perro potencialmente peligroso o ppp? ¿Te encuentras muchas trabas administrativas o problemas a la hora de sacarlos a pasear? ¿Te han llegado a multar? Cuéntanos tu experiencia
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